Entra en vigor el Reglamento para el Registro de Meliponarios en el Área de Conservación Tortuguero
El Área de Conservación Tortuguero (ACTo) del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) informa a la ciudadanía que se encuentra vigente el Reglamento para el Registro de Meliponarios con o sin fines comerciales, establecido mediante el Decreto Ejecutivo N.° 45304-MINAE.
Este reglamento tiene como propósito regular, ordenar y fortalecer la actividad de la meliponicultura en Costa Rica, promoviendo la conservación de las abejas nativas sin aguijón y el uso sostenible de la biodiversidad.
En cumplimiento de esta normativa, toda persona física o jurídica que posea meliponarios debe realizar su inscripción ante la oficina del SINAC más cercana a la ubicación del proyecto, independientemente de que la actividad sea con fines comerciales o sin fines comerciales.
Con el objetivo de facilitar este proceso, el Área de Conservación Tortuguero pone a disposición de las personas interesadas el formulario de recepción de documentos y la lista oficial de requisitos necesarios para el registro, los cuales incluyen la presentación de la solicitud formal, información del proyecto, ubicación del meliponario, procedencia de las colmenas, plan de contingencia, y certificaciones institucionales según corresponda.
El registro de meliponarios contribuye al ordenamiento de la actividad, la protección de las especies nativas y el fortalecimiento de la producción sostenible, en concordancia con la Ley de Conservación de Vida Silvestre y la normativa vigente.
Las personas interesadas pueden acercarse a las oficinas del Área de Conservación Tortuguero para recibir orientación sobre el proceso de inscripción o consultar el sitio web oficial del SINAC.
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