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Permisos de operación de viveros sin fines comerciales
El ACTo-SINAC podrá autorizar la operación de viveros y jardines botánicos sin fines comerciales. El peticionario deberá satisfacer los siguientes requisitos ante la oficina de atención al usuario del ACTo-SINAC:
- Solicitud escrita o formulario de inscripción, que incluya nombre completo, n° cédula, dirección exacta, teléfono o fax. Objetivos de la actividad.
- Plano de propiedad o en su defecto un croquis de la propiedad.
- Plan de Manejo. Para estos viveros la oficina del ACTo-SINAC en conjunto con el permisionario elaborará un “ Plan de Manejo” que para estos casos deberá contener:
- Solicitud de presentación (nombre del proyecto, propietario, ubicación y otras generalidades).
- Tipo de establecimiento: vivero o jardín botánico
- Objetivos generales y específicos del proyecto
- Ubicación geográfica.
- Metodología (reproducción y manejo de las plantas, obtención de los reproductores, programas de salud animal o fitosanitarios, fertilización, suministro de agua, diseño de viveros o senderos según corresponda, instalaciones, personal diseños de viveros, manejo de los desechos sólidos y aguas servidas, de conformidad con lo que establece la legislación en la materia y las recomendaciones que emanen de las autoridades competentes.
- Inventario de especimenes.
Nota importante
El ACTo-SINAC tendrá hasta un mes para resolver la solicitud, contado a partir de la presentación de todos los requisitos solicitados. Si se rechazara la solicitud el interesado tendrá 15 días hábiles para completar las recomendaciones técnicas solicitadas. Pasado este tiempo el expediente se archivará. Las apelaciones se deben presentar a la Dirección Regional del Area de Conservación. De persistir la negativa el usuario podrá apelar ante la Dirección Superior del SINAC y si todavía la negativa persistiera elevara su apelación ante el titular del MINAE.
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