Permisos para torneos de caza y pesca

El ACTo-SINAC podrá autorizar actividades de caza, pesca deportiva, torneos de captura de aves canoras, torneos o exhibiciones de aves de canto, actividades de seguimiento de huellas de venado, tepezcuintles, zorra gris, sahino y conejos, a grupos organizados que así lo soliciten.

Cuando los torneos de pesca se realizan fuera de las áreas silvestres protegidas, éstos se rigen por el artículo 79 de la Ley de Pesca que dice: “ INCOPESCA regulará los torneos de pesca deportiva nacionales e internacionales realizados en aguas costarricenses, en coordinación con el Instituto Costarricense de Turismo (ICT) o las asociaciones de pesca deportiva debidamente inscritas en el Registro Nacional. Asimismo, propiciará la celebración de convenios con organizaciones y prestadores de servicios, para que los pescadores deportivos protejan las especies”

Requisitos para obtener una licencia para torneos de caza y pesca

  1. Presentar solicitud por escrito.
  2. Licencia de caza o pesca al día de cada uno de los participantes, excepto cuando se trate de torneos de seguimiento de huellas y torneos de canto de aves en recintos adecuados para tal efecto.
  3. Declaración jurada de que los ingresos económicos provenientes de tales actividades serán invertidos en programas y obras comunales. El ACTo-SINAC se reserva el derecho de solicitar informes a los organizadores si lo considera pertinente.
  4. Cuando se trate de torneos de seguimiento de huellas, el animal rastreado en ningún momento será expuesto a los perros rastreadores.
  5. Se autorizara solamente 2 fechas por sitio por asociación por temporada autorizada, dependiendo del comportamiento de las poblaciones.

Notas importantes

  • Cuando se trate de torneos de captura de aves canoras, las aves capturadas deberán ser liberadas en su totalidad en el mismo sitio de captura y en el menor tiempo posible.
  • El ACTo-SINAC tendrá hasta un mes para resolver la solicitud, contado a partir de la presentación de todos los requisitos solicitados. Si se rechazara la solicitud, el interesado tendrá 15 días hábiles para completar las recomendaciones técnicas solicitadas. Pasado este tiempo el expediente se archivará. Las apelaciones se deben presentar en la oficina de servicio al usuario de ACTo. De persistir la negativa el usuario podrá apelar ante la Dirección Superior del SINAC y si todavía la negativa persistiera elevara su apelación ante el titular del MINAE.
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Elaborado por Jose Manuel Mora Fallas
Enc. de Información
Gerencia de Planificación
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