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Permisos para madera caída en bosque
Su trámite y aprobación está basado en la directriz SINAC-DG-2495 del 19 de diciembre del 2000 que dice textualmente:
“El Aprovechamiento de árboles secos y caídos ubicados en áreas de bosque debe realizarse a través de un plan de manejo ya sea que se incluyan como parte global del plan de manejo del bosque o que el aprovechamiento contemple únicamente estos árboles."
Requisitos
- Solicitud por escrito, que indique nombre completo del solicitante, calidades (mayor, estado civil número de veces, número de cédula, ocupación y dirección), ubicación del terreno, cantidad de árboles a aprovechar, lugar para recibir notificaciones y firma del solicitante. Descarque una solicitud para imprimir y llenar aquí, Descarque una solicitud para llenar e imprimir aquí.
- Cerrtificación de propiedad reciente extendida por el Registro Público o por notario público, donde se indique nombre y calidades del propietario, ubicación del terreno, medida y linderos, número de propiedad, derechos especificación de los gravámenes y anotaciones de la propiedad.
- En caso de propiedades no inscritas: Certificación judicial de la sentencia en firme en el trámite de información posesoria (en trámite de inscripción ante el registro). Esto se tramita en Fiscalía Agraria en Guápiles.
- En caso de que el solicitante sea adjudicatario del IDA: Autorización dada por acuerdo de Junta Directiva del IDA, para solicitar el aprovechamiento. Este trámite se realiza ante la oficina regional que corresponda.
- Fotocopia de la cédula del dueño de la propiedad.
- En caso de persona jurídica: certificación notarial o del Registro Público de la personería jurídica y fotocopia de la cédula del representante legal.
- Copia certificada del plano catastrado. Debe contener coordenadas para facilitar su ubicación. De no tener plano catastrado, debe aportar copia de la hoja cartográfica con la ubicación de la finca.
- En caso de una tercera persona sea la que realiza el trámite, debe presentar un Poder Especial en el que se especifica a qué o cuáles actos lo faculta el mandatario. Debe ser bien específico en cuanto a si el poder es para solicitar el permiso, para retirar guías y placas, y/o apelar la resolución que emita la AFE.
- Las autorizaciones de aprovechamiento de árboles secos y caídos en bosque no incluidos en un Plan de Manejo debe aportarse un plan de manejo para su aprovechamiento elaborado por un profesional Forestal que contenga:
- Una caracterización del área a aprovechar que incluya rasgos topográficos e hidrológicos, tipo de bosque (intervenido o no).
- Detalle de los árboles a aprovechar según número, especie, dimensiones y volumen, así como la condición de cada árbol
- Tecnología a utilizar para el aprovechamiento (aserrío in situ, tracción humana y/o animal)
- Pronóstico del Impacto ambiental sobre el suelo, agua la regeneración natural en razón de los caminos y las labores de aprovechamiento.
- Un mapa base del área a aprovechar que incluya los árboles a aprovechar, caminos de extracción, delimitación de las áreas de protección”.
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