Certificados de origen

¿Qué es un certificado de origen?

Es la fórmula oficial diseñada por la Administración Forestal del Estado (AFE) en la cual el regente, el responsable Municipal o del Consejo Regional Ambiental, cuando corresponda, por una única vez, certifique que en determinada finca existe una plantación forestal o sistema agroforestal que puede ser cosechado libremente. La Ley 7575 define plantación forestal como: terreno de una o más hectáreas, cultivado de una o más especies forestales cuyo objetivo principal, pero no único, será la producción de madera. El sistema agroforestal se define como: Forma de utilizar la tierra que implica la combinación de especies forestales en tiempo y espacio con especies agronómicas, en procura de la sostenibilidad del sistema. En los anexos encontrará la Guía que utiliza el ACTo-SINAC para revisar dichos certificados.

En el ACTo-SINAC este tipo de trámite se realiza para las siguientes especies en áreas sin bosque:

Nombre vulgar

Nombre científico

Observaciones

Laurel

Cordia alliodora

Fuera del bosque.

Cedro amargo

Cedrela odorata

Fuera del bosque.

Aceituno

Simarouba amara

Con justificación técnica del regente que lo elabora de que se encuentra fuera del bosque secundario.

Anonillo

Rollinia pittieri

Con justificación técnica de que se encuentra fuera de bosque secundario cuando supere los 20 árboles por hectárea.

Chancho blanco

Vochysia guatemalensis

Con justificación técnica de que se encuentra fuera de bosque secundario cuando supere los 20 árboles por hectárea.

Chancho colorado

Vochysia ferruginea

Con justificación técnica de que se encuentra fuera de bosque secundario cuando supere los 20 árboles por hectárea.

Gallinazo o Vainillo

Stryphnodendron microstachyum

Con justificación técnica de que proviene de regeneración natural.

Guácimo blanco

Goethalsia meiantha

Con justificación técnica de que se encuentra fuera de bosque secundario cuando supere los 20 árboles por hectárea.

Lagartillo

Santhozylum kellermanii

Con justificación técnica de que proviene de regeneración natural.

Jobo

Spondias mombin

Con justificación técnica de que se encuentra fuera de bosque secundario cuando supere los 20 árboles por hectárea y se restringe a un diámetro a la altura de pecho (d.a.p.) menor a 40 cm.

Pilón

Hyeronima alchorneoides

Cuando se solicite esta especie siempre deberá justificarse técnicamente que procede de regeneración natural y se restringe a un diámetro a la altura de pecho (d.a.p.) menor a 40 cm.

Javillo

Hura crepitans

Cuando se encuentre en cercas vivas.

Cualquier especie exótica plantada

Pinus sp; Eucalyptus sp; Erithrina poeppigiana Gmelina arborea; Tectona grandis etc.

 

 

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