Servicios de vida silvestre

Son servicios orientados a promover un manejo sostenible de los recursos de fauna y flora silvestre de Costa Rica y sustentados en leyes como la Ley de Conservación de la Vida Silvestre y la Ley de Biodiversidad.

La vida silvestre es de dominio e interés público, o sea nos pertenece a todos los costarricenses y por esto sólo el Estado puede autorizar  y regular su conservación, investigación y manejo sostenible.  Con la intención de evitar un conflicto entre la sociedad civil y darle alternativas para participar en su manejo y conservación el Estado ha establecido diversos permisos relacionados con la tenencia, caza, cría, exposición y transporte de especies silvestres.

Finalmente debemos recordar que cuando nos referimos a vida silvestre, incluímos tanto especies de fauna como de flora.

Para velar por el adecuado manejo de los recursos de flora y fauna silvestre, se han definido una serie de permisos para su aprovechamiento:

  • Permisos de operación de zoologicos, zoocriaderos, acuarios, o viveros con fines comerciales.(ver detalles)
  • Permisos de operación de zoologicos, zoocriaderos, acuarios, o viveros con fines comerciales.(ver detalles)
  • Permisos de operación de viveros sin fines comerciales.(ver detalles)
  • Permisos de caza y pesca deportiva.(ver detalles)
  • Permisos de subsistencia para caza, pesca, extracción y colecta de flora.(ver detalles)
  • Permisos para torneos de caza y pesca.(ver detalles)
  • Permisos para extracción y colecta silvestre con fines comerciales.(ver detalles)
  • Permisos para exposición de flora y fauna silvestre.(ver detalles)
  • Permisos de tenencia en cautiverio de especies de vida silvestre.(ver detalles)
  • Captura, control, aprovechamiento o reubicación de animales dañinos para la agricultura, ganedería, o salud pública. (ver detalles)
  • Permisos de investigación dentro de las áreas silvestres protegidas.(ver detalles)
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Elaborado por Jose Manuel Mora Fallas
Enc. de Información
Gerencia de Planificación
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